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Hola tengo una duda, porque solicité por mail las partidas de capital federal y provincia de Buenos Aires y me llegaron los escaneres con una hoja anexa que dice "sellado pago, copia fiel, de plena eficacia jurídica. Debe ser recibida por los organismos que la requieran". Contenido a verficar en: .... . El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 2 páginas. A eso hay que sumarle el comprobante de pago o con eso es suficiente? gracias Escrito originalmente por @santidale Desde hace un tiempo (no sé si fue 2016 ó 2017) que las partidas no se timbran de la manera tradicional de siempre. Hay que presentarlas abrochadas al comprobante de pago que te dan cuando pagás el timbrado. No hace falta traducir el mismo. Saludos, Santi. |
Hola! cómo estás??? El timbrado que te llega por mail (al menos en CABA es así ahora, no sé en otras jurisdicciones) lo imprimís y lo abrochás atrás de la partida. Luego atrás de todo va la traducción, que sólo nombra que hay un comprobante de pago abrochado, no se traduce todo lo que dice el timbrado. Lo que seguro no están aceptando, son las partidas enviadas por mail. Tenés que retirar en persona (ver comunicación del consulado en la web oficial por con ese tema). Saludos! Santi. Escrito originalmente por @belen_gonzalez89 Hola tengo una duda, porque solicité por mail las partidas de capital federal y provincia de Buenos Aires y me llegaron los escaneres con una hoja anexa que dice "sellado pago, copia fiel, de plena eficacia jurídica. Debe ser recibida por los organismos que la requieran". Contenido a verficar en: .... . El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 2 páginas. A eso hay que sumarle el comprobante de pago o con eso es suficiente? gracias Escrito originalmente por @santidale Desde hace un tiempo (no sé si fue 2016 ó 2017) que las partidas no se timbran de la manera tradicional de siempre. Hay que presentarlas abrochadas al comprobante de pago que te dan cuando pagás el timbrado. No hace falta traducir el mismo. Saludos, Santi. Santi. |
Hola! La partida la tenés que retirar en papel, o que te la envíen a tu casa. No se aceptan las expedidas de manera on line que te llegan por mail, el consulado ya aclaró eso (ver info en la web oficial publicada por ese asunto). Lo que es el timbrado, eso sí que te llega por mail y lo imprimís. Al menos, en CABA es así. Espero que te sirva. Saludos!!! Santi. Escrito originalmente por @Tom.P Hola, les hago una consulda.Yo pedi las partidas al registro civilde CABA y me las enviaron por mail. Como logro saber si estan timbradas? Vino con un certificado "Gedo"que contiene la siguiente leyenda: " "CERTIFICO que el presente documento es copia fiel de las constancias obrantes en el módulo Registro Esto sería el timbrado? O que más necesito para que me la tomen en el consulado? Muchas gracias! Santi. |
Las partidas las están aceptando dice la página del consulado lo único deben ir legalizadas por el ministerio de relaciones exteriores y apostilladas. Yo ya las legalicé y apostillé. Escrito originalmente por @santidale Hola! cómo estás??? El timbrado que te llega por mail (al menos en CABA es así ahora, no sé en otras jurisdicciones) lo imprimís y lo abrochás atrás de la partida. Luego atrás de todo va la traducción, que sólo nombra que hay un comprobante de pago abrochado, no se traduce todo lo que dice el timbrado. Lo que seguro no están aceptando, son las partidas enviadas por mail. Tenés que retirar en persona (ver comunicación del consulado en la web oficial por con ese tema). Saludos! Santi. Escrito originalmente por @belen_gonzalez89 Hola tengo una duda, porque solicité por mail las partidas de capital federal y provincia de Buenos Aires y me llegaron los escaneres con una hoja anexa que dice "sellado pago, copia fiel, de plena eficacia jurídica. Debe ser recibida por los organismos que la requieran". Contenido a verficar en: .... . El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 2 páginas. A eso hay que sumarle el comprobante de pago o con eso es suficiente? gracias Escrito originalmente por @santidale Desde hace un tiempo (no sé si fue 2016 ó 2017) que las partidas no se timbran de la manera tradicional de siempre. Hay que presentarlas abrochadas al comprobante de pago que te dan cuando pagás el timbrado. No hace falta traducir el mismo. Saludos, Santi. |
Tenés que legalizarlas en el ministerio del interior...https://www.argentina.gob.ar/legalizacion-de-documentos-publicos Ahí te ponen firma y sello... No sé si también hay que apostillarla. |
Hola @Andrusa , yo estoy ya en la recta final del trámite para presentar todos los papeles en abril. Hoy justo llevé a apostillar, lo que se apostilla son las partidas impresas justamente que tienen firma digital (no el garabato). Por ejm: Yo tengo 5 partidas: 3 de capital con el garabato ya que es más fácil retirarlas fisicamente y 2 de provincia que no, si bien las pedís, ya no se pueden retirar (creo que en la plata nada más, pero salvo que vivas ahí, imposible) entonces lo que se hace es pedirla, te la mandan con el timbrado digital y la apostillas (todas tienen que estar legalizadas en el ministerio del interior antes) en resumen: apostilla si son impresas digitales por lo tanto salvo que las busques fisicamente, las de provincia siempre van apostilladas, salvo que cambie algo en el medio...sería asi. Escrito originalmente por @Andrusa Hola. A ver si entendí bien: si la partida se pidió on line y fué enviada en un archivo PDF con timbrado (firma digital) hay que hacerla apostillar? En cambio si se retira personalmente en el registro civil no es necesario? Yo pedí una partida en la web del gobierno de la Provincia de Buenos Aires, timbrada. Me enviaron un PDF con un escaneo de la partida y una hoja en donde esta el timbrado que son 2 firmas digitales (no son firmas con garabato sino sólo el nombre de los responsables escritos en computdora). Puedo imprimir y llevar esta partida o tengo que hacer algo más? Gracias!! |
bueno, ahora se legaliza en el ministerio del interior (firma con garabato), creo que no haría falta apostillarla |
Muchas gracias por las respuestas!! |
hola! la verdad, siendo la legalización algo gratuito, diria que las hagas en todas. Yo estoy por llevar a traducir y lo que entiendo es que se legaliza todo y se apostilla solo lo que es impreso. Yo apostillé las de provincia porque las de CABA las fui a buscar al cgp. Escrito originalmente por @korn88 Hola! Yo tengo partidas tanto de Ciudad como de Provincia digitales. Todas ellas primero debo legalizarlas en el ministerio del interior y luego apostillarlas? El paso de legalización entiendo que es solo para actas de Provincia, pero la apostilla debo realizarla en todas, estoy en lo correcto? |
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Por: nacha1983, el 02/Ago/2017, 00:13 | 02/Ago/2017, 00:13 | 0 | 02/Ago/2017, 00:13 nacha1983 |
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Por: fb@802357409931056, el 17/May/2018, 10:46 | 17/May/2018, 10:46 | 7 | 27/May/2018, 21:29 fb@802357409931056 |
Por: User 10427619, el 29/Mar/2018, 17:04 | 29/Mar/2018, 17:04 User 10427619 | 4 | 16/Abr/2018, 22:42 User 10427619 |