Reglas para el foro de traductores: 1. Se prohibe publicar los honorarios de los traductores abiertamente. Se permite consultarlos por mensaje privado. 2. Son bienvenidos aquellos traductores que deseen dejar sus referencias para que los contactemos. 3. Consideramos de mala fé aquellos traductores que se crean un usuario y se publicitan no cómo traductores, sino como clientes (de ellos mismos), por lo tanto de ser sorprendido alguno de ellos en esta actitud será baneado. Preguntas frecuentes: 1. Para nuestro trámite, el consulado italiano, NO EXIGE que las partidas estén traducidas por un traductor público. Es decir, en principio, cualquier persona puede hacerlo, siempre y cuando, siga los estándares del consulado en cuanto a formato y presentación. 2. El certificado de no ciudadano argentino de la cámara nacional electoral NO SE DEBE TRADUCIR. 3. Las partidas italianas no se traducen (si ya están en italiano o si son multilingues como los ESTRATTO DI NASCITA). 4. Se traducen todas las partidas no italianas. 5. Los patronatos italianos en argentina (ACLI, SIAS) trabajan asociados con traductores y ofrecen servicios de traducción especializados en trámites de ciudadanía. Vínculos útiles: http://www.traductores.org.ar/buscar
|
Este tema fue cerrado y no se pueden escribir nuevas respuestas |
Opciones: Ir al subforo: |
Permisos: TU NO PUEDES Escribir nuevos temas TU NO PUEDES Responder a los temas TU NO PUEDES Editar tus propios mensajes TU NO PUEDES Borrar tus propios mensajes |
Temas similares |
No se han encontrado temas similares |