#1•• Buenas a toda la comunidad del foro. Aprovecho mi primer mensaje para agradecer tanto a los administradores como usuarios que, a través de las guías y preguntas, me han permitido resolver tantas dudas. Me quedan sin embargo unas pocas inquietudes que no he encontrado publicadas. Las publicaré en sus foros correspondientes esperando alguna aclaración. Respecto de la partida de nacimiento enviada por la Comune de Italia, redactada en italiano: 1) El certificado de no ciudadano argentino requiere presentar fotocopia autenticada (como ES COPIA FIEL) de dicha acta... ¿cómo puedo legalizar dicha copia? ¿La llevo a un registro civil provincial cerca de casa? Tengo entendido que el ejemplar que recibo de Italia se considera como el original y solo debe presentarse al Consulado al momento del turno. 2) Se menciona como requisito que las actas de nacimiento del extranjero deben estar acompañadas de la traducción al español... ¿esto es necesario para las partidas italianas? Leí por ahí que existe un acuerdo entre Italia-Argentina que exime a las mismas de la traducción. 3) En caso de ser necesaria la traducción del acta del italiano al español, ¿cómo consigo una copia autenticada (ES COPIA FIEL) de la misma? Por último, en el instructivo sobre partidas (muy claro por cierto) se menciona que todas las partidas deberían estar TIMBRADAS. 4) En mi caso debo pedir por correo varias actas a la provincia de Santa Fe, quienes me enviarán un ejemplar de cada una de ellas según tengo entendido. ¿Cómo consigo fotocopias autenticadas COPIA FIEL para presentar en el trámite de la CNE? Gracias de antemano por cualquier dato que puedan aportarme. Saludos y buen domingo. |
#2•
Si lo pensás hacer por correo, deberías consultar con algun escribano (no creo que los registros lo hagan) para las fotocopias. También leí que podés hacer lo mismo por carta: mandar original y fotocopia común, y recibir los originales junto al certificado. Pero puedo asegurarse que sea así. |
#4• Para hacer el pedido en la CNE también tienen que estar todas las partidas timbradas? O solamente para el consulado? No alcanza con el sello del registro civil que dice "CERTIFICO que el presente documento es copia fiel de las constancias obrantes en los libros o en el módulo de Registro Civil Electrónico del Sistema de Aministración de Documentos electrónicos..."? |
#5• Escrito originalmente por @Gustavo_45 Para hacer el pedido en la CNE también tienen que estar todas las partidas timbradas? O solamente para el consulado? No alcanza con el sello del registro civil que dice "CERTIFICO que el presente documento es copia fiel de las constancias obrantes en los libros o en el módulo de Registro Civil Electrónico del Sistema de Aministración de Documentos electrónicos..."? Me parece que eso es un timbrado (o equivalente). |
#6• A la camara electoral no le tenes que mandar las actas timbradas originales. Segun tengo entendido tenes que ir a un escribano a que te haga una copia fiel de cada una de las partidas que tenes que presentar ante la cne, tambien de la traduccion y de tu dni (todo esto si sos del interior y lo tenes que mandar por correo) |
#7• OH chicos estoy en la misma duda. Porque no entiendo la diferencia entre TIMBRADO y ES COPIA FIEL . En el registro civil me las entregaron todas con sello y firma diciendo que son copia fiel del original pero me dijeron que para "legalizarlas" las tenía que llevar a Córdoba Capital (soy del interior) . ¿Alguien que haya legalizado y tenga algún otro sello más que sepa cuál es el extra que le dá que esté legalizada? Saludos |
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