#1•• Soy nueva y estoy muy contenta de integrar este foro. Les resumo mi caso particular para que me orienten si es procedente solicitar al Juez Federal competente la aplicación del Acuerdo de la Doble Ciudadanía de 1974 (u otro). Vivo en la ciudad de Brandsen, Buenos Aires, nací en Montevideo, Uruguay, en 1961. Mi madre era italiana nativa de Crotone, nacida en 1931, fallecida en 2017, quien conservó siempre su nacionalidad italiana; mi padre de nacionalidad uruguaya, falleció en 1999. En 1974 emigramos a Buenos Aires y en 1982, con 21 años me naturalizo argentina en La Plata, ante el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2, a cargo del Dr. Héctor Carlos Adamo; épocas de dictadura militar. Hasta ese entonces, por juventud y desconocimiento, yo ignoraba mi condición de italiana por sangre: mi madre tampoco lo sabía, por lo tanto, no me lo pudo advertir. El año pasado completo mi carpeta para presentar en el consulado, por una duda que tenía por este tema escribo al consulado y me responden que, al nacionalizarme argentina, perdí mi derecho. Quiero recuperar mi ciudadanía. Podré presentarme ante el juzgado y declarar que quería mantener la ciudadanía italiana adquirida por iure sanguinis? Conocen de algún caso como el mío? Podré hacerlo invocando el Acuerdo Italo Argen5ino de 1974? Acuerdo italo-argentino sobre ciudadanía Es posible gozar plenamente de todos los derechos aun sin residir en Italia: realizando una declaración de anulación de los beneficios del Acuerdo. Tal declaración formal de revocación debe efectuarse en la sede del Consulado con la presencia de dos testigos La misma no constituye una declaración de readquisición de la ciudadanía basada en el artículo 17 de la Ley 91/92, por lo cual puede hacerse en cualquier momento. Quien se naturalizó argentino antes del Acuerdo (12/09/1974) podrá solicitar la adhesión al mismo en cualquier momento (no hay fecha límite); para las personas que se naturalizaron después del Acuerdo pueden sólo hacerlo contextualmente con la fecha de la naturalización. |
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