#1• Buenas tardes! Tengo una consulta respecto a la presentacion de la sentencia de adopcion. Yo soy adoptado y estoy tramitando la ciudadania a traves de mi mama que ya es ciudadana italiana. Hace unos 4-5 años obtuve una copia de la sentencia certificada por el juzgado, por lo que entiendo mantiene su validez por el plazo de 10 años desde su expedicion, correcto? El turno es el 7/5 por lo que en caso de tener que obtener una nueva copia de la sentencia no llegaria con los tiempos. Atento a ello, recomiendan que de todas formas me presente con mi documentacion y las traducciones correspondientes? Gracias! |
#2•• @cnbn, no creo que sea inconveniente con que la sentencia tenga cuatro años. De todas formas, aunque no tuvieras nada, sí, presentate siempre con lo que tengas y en tal caso completás más adelante. Tené en cuenta que la sentencia tiene que tener algunos requisitos como estar legalizada por el juzgado que la emitió, apostillada, ser firme o cosa juzgada y traducida por traducor público del colegio del lugar de la sede del consulado donde presentás. Cita: https://conslaplata.esteri.it/consolato_laplata/es/i_servizi/cittadinanza/c ittadinanza.html Las sentencias (divorcio, adopción, declaración de paternidad, inhabilitación, interdicción)
El documento debe contener: La documentación debe presentarse acompañada con la respectiva traducción al italiano. La traducción deberá ser efectuada por un traductor público, cuya firma debe estar legalizada por el Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes de pertenencia. El Consulado se reserva la posibilidad de solicitar ulteriores documentos si la Comuna competente para la transcripción de la sentencia lo considerase oportuno. |
#3• Gracias! Si, era lo que pensaba hacer por lo que me faltaria traducir y legalizar solamente. Escrito originalmente por @Rampax @cnbn, no creo que sea inconveniente con que la sentencia tenga cuatro años. De todas formas, aunque no tuvieras nada, sí, presentate siempre con lo que tengas y en tal caso completás más adelante. Tené en cuenta que la sentencia tiene que tener algunos requisitos como estar legalizada por el juzgado que la emitió, apostillada, ser firme o cosa juzgada y traducida por traducor público del colegio del lugar de la sede del consulado donde presentás. Cita: https://conslaplata.esteri.it/consolato_laplata/es/i_servizi/cittadinanza/c ittadinanza.html Las sentencias (divorcio, adopción, declaración de paternidad, inhabilitación, interdicción)
El documento debe contener: La documentación debe presentarse acompañada con la respectiva traducción al italiano. La traducción deberá ser efectuada por un traductor público, cuya firma debe estar legalizada por el Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes de pertenencia. El Consulado se reserva la posibilidad de solicitar ulteriores documentos si la Comuna competente para la transcripción de la sentencia lo considerase oportuno. |
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