#1• Hola a todos!! Afortunadamente cuento con las partidas original de nacimiento, y matrimonio de mi bisabuelo. la duda es: saco fotocopia de la partidas y ya, o las tengo que "timbrar" o algo extra? Gracias a todos!! Genial el foro!!! |
#2• Hola Claudia, si tu bisabuelo es el ancestro italiano, sólo es necesario que tengan el sello de la comuna y firma del responsable. Verificá también que el acta de nacimiento tenga la indicación de paternidad y maternidad, es decir, nombre de sus padres. Podés hacer una fotocopia simplemente para que te quede una copia a vos de lo que vas a entregar al consulado, ellos sólo se aceptan las originales. Escrito originalmente por fb@10154242979343217 Hola a todos!! Afortunadamente cuento con las partidas original de nacimiento, y matrimonio de mi bisabuelo. la duda es: saco fotocopia de la partidas y ya, o las tengo que "timbrar" o algo extra? Gracias a todos!! Genial el foro!!! |
#3• Muchas Gracias!! Bueno que aclaraste que solo aceptan originales; tenia pensando presentar algunas copias timbradas, serviran igual? Como estoy con otros tramites que requieren tambien los originales tendria que solicitar todo de nuevo entonces :S Escrito originalmente por @Rampax Hola Claudia, si tu bisabuelo es el ancestro italiano, sólo es necesario que tengan el sello de la comuna y firma del responsable. Verificá también que el acta de nacimiento tenga la indicación de paternidad y maternidad, es decir, nombre de sus padres. Podés hacer una fotocopia simplemente para que te quede una copia a vos de lo que vas a entregar al consulado, ellos sólo se aceptan las originales. Escrito originalmente por fb@10154242979343217 Hola a todos!! Afortunadamente cuento con las partidas original de nacimiento, y matrimonio de mi bisabuelo. la duda es: saco fotocopia de la partidas y ya, o las tengo que "timbrar" o algo extra? Gracias a todos!! Genial el foro!!! |
#4• Para que quede claro:
No sé qué tramites estarás haciendo, pero te comento que por ejemplo para el certificado de la Cámara Electoral Nacional, podés llevar las actas "originales" (es decir, copias legalizadas) y una fotocopia común y corriente. Ellos verifican que las dos sean iguales, se quedan con la fotocopia y te devuelven el original. Así que quedate tranquila si es por eso. Si es por otra cosa, podés pedir en el registro más de una copia legalizada, sólo vas a tener que pagar cada una :P. Para que una fotocopia que hagas vos sea válida tiene que estar legalizada por un escribano público y no sé qué otras cosas más..., es más fácil pedir otra al registro. |
#5• Muy completa la respuesta. Con respecto al tema de original o no, me confundi yo...es cierto son copias del libro del registro. Graciass |
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Por: galileodelsur, el 19/Oct/2016, 16:23 | 19/Oct/2016, 16:23 | 2 | 21/Oct/2016, 17:53 galileodelsur |