#1• Buenas, les comento mi situacion. Junto con mi hermana estamos tramitando la ciudadania. Ella tuvo un hijo que nacio en Brasil. Ahora viven en la Argentina y el nene tiene dobre nacionalidad Argentina-Brasilera. Tienen idea si se puede tramitar la ciudadania para el como hijo directo. Aguardo comentarios. Muchas gracias!! |
#2• No hay ningún impedimento. Debe tramitar la inscripción de su hijo en el consulado que le corresponda por domicilio del DNI. Con respecto a los requisitos del trámite, te paso lo que dice en la página del consulado de Rosario (ver el apartado que dice "RECONOCIMIENTO DE LA CIUDADANIA ITALIANA HIJOS DE CIUDADANOS ITALIANOS - HIJOS MENORES DE 18 AÑOS") https://consrosario.esteri.it/conso[....]rvizi/per_i_cittadini/stato_civile/ Tené presente esto (lo vas a leer en ese enlace): Las actas de estado civil emitidas por otros paises deberán ser entregadas formalmente perfeccionadas (legalizadas por la Representación diplomática- consular italiana del país en el cual se emitieron dichas actas o provistas de la Apostilla de la Haya), con traducción al italiano legalizada por la Representación diplomática - consular italiana competente. Para informaciones sobre los requisitos de los documentos, se invita a contactar la Representación diplomática- consular italiana competente territorialmente donde haya sido emitida el acta. Es decir, el acta de nacimiento brasilera la tienen que hacer legalizar y traducir al italiano en el consulado italiano donde se emitió esa acta, en Brasil. |
#3• Escrito originalmente por @tavillo1980 No hay ningún impedimento. Debe tramitar la inscripción de su hijo en el consulado que le corresponda por domicilio del DNI. Con respecto a los requisitos del trámite, te paso lo que dice en la página del consulado de Rosario (ver el apartado que dice "RECONOCIMIENTO DE LA CIUDADANIA ITALIANA HIJOS DE CIUDADANOS ITALIANOS - HIJOS MENORES DE 18 AÑOS") https://consrosario.esteri.it/conso[....]rvizi/per_i_cittadini/stato_civile/ Tené presente esto (lo vas a leer en ese enlace): Las actas de estado civil emitidas por otros paises deberán ser entregadas formalmente perfeccionadas (legalizadas por la Representación diplomática- consular italiana del país en el cual se emitieron dichas actas o provistas de la Apostilla de la Haya), con traducción al italiano legalizada por la Representación diplomática - consular italiana competente. Para informaciones sobre los requisitos de los documentos, se invita a contactar la Representación diplomática- consular italiana competente territorialmente donde haya sido emitida el acta. Es decir, el acta de nacimiento brasilera la tienen que hacer legalizar y traducir al italiano en el consulado italiano donde se emitió esa acta, en Brasil. Muchas gracias por la info. |
#4• Hola, cómo están? Me interesa esto de las actas del exterior. Tienen más información de este caso? Nacho_toreto, ya pudiste conseguir el acta con todos los requisitos? Eso de que las actas del exterior tienen que pasar por el consulado del exterior al que corresponda el acta, sólo lo encontré en esa página del Consulado de Rosario. Y no entiendo bien la razón. Supongamos que tengo el acta con la Apostilla de la Haya, la traigo a la Argentina, y la traduzco por traductor oficial (tengo que traducir al castellano y después al italiano?). No sería suficiente para comprobar que es auténtica? Desde ya muchas gracias |
#5• @pabvid, hola. Mira, en mi caso yo tengo a mi bisabuelo (hijo de mi Avo) que nació en Uruguay y el unico documento que tengo que conseguir es su partida de nacimiento. Una prima mía al haber tramitado su ciudadanía tuvo que pedir el acta de nacimiento en una parroquia de la localidad de Paysandú (con la firma y legalización del obispado) y luego tuvo que presentarla en el consulado italiano en misma ciudada uruguaya, le hicierón el "visto consolare" y ahí, finalmente, la agregó a su carpeta con la apostilla argentina y su traducción. |
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