#1•• Hola a Todos! no es la primera (y dudo que sea la última) vez que acudo a ustedes para consultar algunas cuestiones referidas al trámite de ciudadanía italiana. En esta ocasión, tengo un salteado de dudas variadas que voy a ir punteando (todo lo que consulte siempre es en relación al CONSULADO DE MORÓN): 1- CARPETA DE DOCUMENTACIÓN: El tema es el siguiente, mi familiar italiano es mi ABUELO materno, y el trámite de ciudadanía lo queremos hacer tanto mi mamá, como mi hermana y yo. Básicamente lo que quiero saber es, independientemente de que cada una tiene que pagar sus 300 euros, si las tres podemos usar la misma documentación de él, es decir, con UNA SOLA COPIA de la partida de nacimiento de mi abuelo, la de matrimonio y su dni, si se pueden gestionar nuestras tres ciudadanías el mismo día...o si cada una debiera ir con una copia de esa información (esto triplicaría el costo de las traducciones de acta de matrimonio y dni y tendría que pedir dos partidas de nacimiento más a Italia..). O como tercera opción, si directamente nos conviene que una inicie el trámite y al mes siguiente engancharnos las otras dos....Me parece que si es así es algo sumamente tedioso, pero más lógico que triplicar la documentación..de todos modos no pierdo las esperanzas de que podemos abrir el expediente las tres el mismo día..HELP!! 2- PARTIDAS DE NACIMIENTO ARGENTINAS: Esta es mas sencilla..estas actas también tienen que tener una validez de 10 años?? o se pueden utilizar más antiguas? 2bis- PARTIDAS DE NACIMIENTO ARGENTINAS: Si las tengo que pedir nuevas en el registro de Capital para usarlas en Consulado de Morón..necesitan solamente legalización del Ministerio del Interior o también del ministerio del Exterior? Porque la página del GCBA dice "Si la partida va a ser usada en el exterior del país debe ser apostillada en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Arenales 819, piso 8, CABA. Si la partida va a ser utilizada en el ámbito de la República Argentina, pero fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe ser legalizada en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Lavalle 1220, Legalizaciones, CABA." 3- DOMICILIO: Por ahí esta es media pava...pero todas nacimos en capital (y es lo que figura en las partidas), sin embargo, nos corresponde el consulado de Morón (siempre vivimos por ese lado) cómo hacemos para demostrar nuestra residencia en esa zona? con mostrar el dni es suficiente? 4- ACTAS DE MATRIMONIO: En nuestro caso se deberían presentar las de: mi abuelo con mi abuela y mi mama con mi papa..tanto de mi abuela como de mi papa, es necesario llevar algún documento más? SE que no lo han listado en ningun instructivo pero quiero estar segura y sacarme todas las dudas!! Como siempre, muchisimas gracias a quien dedique un poco de tiempo en aclarar mis dudas!! Saludos! |
#2•• Hola, te respondo: 1. La respuesta es sí, por lo que leo en el mensaje, las tres presentan en el mismo consulado por lo tanto la documentación se presenta sólo una vez y cada una va agregando lo personal. Es decir, si por ejemplo va primera tu mamá, presentará la de tu abuelo y la de ella, y luego ustedes presentan sus partidas. No sé cómo es el sistema de turnos en Morón. En Capital cada una debe crear un usuario y tomar un turno por separado así que necesariamente van a ir en momentos distintos (salvo que cumplan la misión imposible de conseguir tres turnos en el mismo día, cada una desde una com:-)dora distinta). En La Plata se permite, con un mismo usuario, incluir hasta una persona más de la misma rama familiar en el mismo turno. 2. Lo ideal es que no sean tan viejas. Si podés, pedí copias nuevas, tenés todos los datos en esas actas viejas así que no debería ser un problema. Con lo de las legalizaciones no estoy seguro: apostillarlas con seguridad no porque las presentás en el país. Pero no sé si debés hacer la otra legalización que mencionan. Yo pedí en Provincia, presenté en La Plata y como salieron del registro fue suficiente. Sólo las traducí. 3. No, por lo general no es suficiente con el DNI. Se puede llevar la factura de un servicio con domiclio en la jurisdicción del consulado. Si manejan, pueden llevar una fotocopia del registro (el mismo consulado indica que sirve). También se puede pedir una declaración jurada de domicilio en el registro civil. 4. No, con las actas alcanza. De nada, un saludo. |
#3• Gracias Rampax!, respecto de los turnos, tengo entendido que en Morón es menos catastrófico pedir turnos asi que si apuntabamos a poder hacerlo más en simultáneo, pero creo que si es como decís no lo podríamos llevar a cabo Respecto del tema de DOMICILIO mi madre la tiene más fácil porque ella tiene registro por ejemplo, pero nosotras dos no tenemos servicios a nuestro nombre ni tampoco manejamos..espero que con la declaración jurada sea suficiente, pero hasta donde tengo entendido, esa declaración acredita que uno esta viviendo EN ESE momento en el lugar que se menciona...no hay que demostrar cierta antiguedad en el domicilio para el trámite de ciudadanía?? |
#4• En realidad si te ponés detallista no acredita, es una afirmación tuya en carácter de declaración jurada que vivís en tal domicilio. Si te hace sentir más segura, pensá en cualquier cosa que puedas llevar (por ejemplo, alguna documentación bancaria como resumen de una cuenta o tarjeta) pero quedate tranquila que con un DNI de más de seis meses y la declaración jurada actual debería ser suficiente. |
#5• Cita: Escrito originalmente por fb@10213977693743181 2bis- PARTIDAS DE NACIMIENTO ARGENTINAS: Si las tengo que pedir nuevas en el registro de Capital para usarlas en Consulado de Morón..necesitan solamente legalización del Ministerio del Interior o también del ministerio del Exterior? Porque la página del GCBA dice "Si la partida va a ser usada en el exterior del país debe ser apostillada en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Arenales 819, piso 8, CABA. Si la partida va a ser utilizada en el ámbito de la República Argentina, pero fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe ser legalizada en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Lavalle 1220, Legalizaciones, CABA." Hace no mucho mandé un mail al consulado de Moron preguntando exactamente eso: Cita: Voy a realizar al trámite de ciudadanía por descendencia en el Consulado de Morón, pero tengo partidas de otras jurisdicciones (Santa Fe, Entre Ríos, CABA). Por ejemplo, en la web del GCBA se lee lo siguiente: "Si la partida va a ser utilizada en el ámbito de la República Argentina, pero fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe ser legalizada en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Lavalle 1220, Legalizaciones, CABA. " La respuesta: Cita: Las actas deben llevar las legalizaciones del Registro Civil que las expida . No es necesaria la legalización de la Cámara Nacional de apelaciones. Es decir, no hace falta ni Min. del Interior ni del Exterior, con el timbrado de CABA alcanza. Fijate nada más de marcar que las querés timbradas (salen $250 con búsqueda) porque hay una opción que creo que es gratis pero no vienen timbradas. |
#6• Buenisimo chicos, mil gracias! Sigo avanzando |
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Por: fb@341932763325507, el 18/Ene/2019, 21:19 | 18/Ene/2019, 21:19 | 0 | 18/Ene/2019, 21:19 fb@341932763325507 |
Por: theloniousfloyd, el 25/Sep/2017, 11:35 | 25/Sep/2017, 11:35 | 3 | 27/Sep/2017, 19:25 amoglia |