#1• Hola a todos. Estaba mirando los requisitos que incluye la agencia consular de Lomas de Zamora en la página y me encontré con esto: SI EL CÓNYUGE DEL ASCENDIENTE ITALIANO ES/ERA TAMBIÉN ITALIANO, SE DEBERÁ PRESENTAR SU CERTIFICADO DE NACIMIENTO ITALIANO Y EVENTUAL DEFUNCIÓN. ¿A alguien se lo pidieron? ¿Tiene lógica que me lo pidan teniendo en cuenta que es mujer (que tuvo a su hijo muuucho antes de 1948) y que no me puede pasar la ciudadanía por discriminación de ellos? ¿Cómo puedo refutarles que no es necesario si me lo llegan a pedir? Lo saqué de acá: http://www.conslomasdezamora.esteri[....]nu/In_linea_con_utente/Modulistica/ ¡Muchas gracias! Valeria |
#2• Me respondo a mí misma: no, no pide. O sí, pide, porque está escrito en los requisitos, pero después ni mencionan eso. No le den bola. |
#3• Depende quien te toque, mi mamá fue la primera vez sin esos papeles y se los exigieron, la segunda vez, consegui el de nacimiento italiano y el de defunción y no se lo pidieron. |
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