#1• Buen día, colegas buscadores de ciudadanía. A ver si me pueden ayudar con esta cuestión los que ya hicieron el trámite o los que tienen muy en claro la cuestión del papelerío: ¿qué documentos hay que apostillar? En el instructivo sobre partidas se menciona que las que deben estar apostilladas son las que presentan los ciudadanos argentinos residentes en el exterior. ¿Eso significa que viviendo acá no tengo que apostillar las partidas, ni el certificado de no naturalización, ni nada? Las partidas están ya timbradas, por supuesto. Desde ya, muchas gracias. |
#2• Las partidas del registro civil que se presentan en consulados argentinos no se apostillan porque hay un convenio entre Italia y Argentina (siempre y cuando se presenten en el consulado en Argentina). Se apostillan las sentencias judiciales y las partidas parroquiales. El certificado de no argentino no se apostilla. |
#3• Ah, qué buena noticia, porque ya habiá enviado todo a traducir, pero como en la traducción deben constar los sellos y apostillados, hubiera tenido que dar marcha atrás. Muchas gracias por la información! |
#4• También si tenes algún papel no argentino, debes apostillarlo en el lugar de procedencia de ese papel. Me paso que mi antepasado se casó en Uruguay y tuve que apostillarlo allá. |
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