#1•• Buenas! Después de mucho tiempo conseguí un turno en enero para mi papá. La situación es la siguiente: Ahora que finalmente va mi papá (al mismo consulado que mi tía), mis preguntas son: - Qué documentación debe presentar ahora en enero? (tengo entendido que sería partida de nacimiento, acta de matrimonio y fotocopia de dni, pero quisiera confirmarlo) - Cual es la vigencia de las partidas de nacimiento y sus respectivas traducciones? (Su partida de nacimiento timbrada que ya tiene es del 2002, y la traducción tiene fecha del 2009. Debe pedirla y traducirla nuevamente?). (Busqué pero no encontré esa información) - Mis hermanas y yo (todas mayores) podríamos ir ya pidiendo turno para cada una o tenemos que esperar a que le reconozcan la ciudadania a mi papá? Muchas gracias por la ayuda, y muy bueno el foro para despejar dudas y ayudarnos con los turnos! |
#2• Holaa! alguien sabe?? |
#3• Hola Luciix, Si la hermana de tu papa ya presento toda la documentacion en el mismo consulado q van a presentar uds ya esta hecho el legajo asi q tu papa tiene q presentar su partida de nacimiento y de casamiento traducidas , dni y (cosa q a veces te pueden pedir pero no es lo corriente) algun servicio a su nombre. o sea tal co vos prguntas Uds, sus hijas pueden presentar sus partidas aunq tu papa no tnga la ciudadania, es mas h podrian haber presentado antes q el Sinclusive , asi q vayan buscando turno!!!! la vigencia de las partidas dice 10 años pero yo tngo flia q presento partidas de mas de 10 años y la chica le dijo q lo q importaba era q sean emitidas las copias q te da el registro civil dspues de 1990,asi q presente co tiene Sldos Escrito originalmente por @Luciix Buenas! Después de mucho tiempo conseguí un turno en enero para mi papá. La situación es la siguiente: Ahora que finalmente va mi papá (al mismo consulado que mi tía), mis preguntas son: - Qué documentación debe presentar ahora en enero? (tengo entendido que sería partida de nacimiento, acta de matrimonio y fotocopia de dni, pero quisiera confirmarlo) - Cual es la vigencia de las partidas de nacimiento y sus respectivas traducciones? (Su partida de nacimiento timbrada que ya tiene es del 2002, y la traducción tiene fecha del 2009. Debe pedirla y traducirla nuevamente?). (Busqué pero no encontré esa información) - Mis hermanas y yo (todas mayores) podríamos ir ya pidiendo turno para cada una o tenemos que esperar a que le reconozcan la ciudadania a mi papá? Muchas gracias por la ayuda, y muy bueno el foro para despejar dudas y ayudarnos con los turnos! Maria |
#4• Maria, Muchas gracias por la respuesta! Mi papá por las dudas ya tiene una partida nueva que pidió ahora (de nacimiento y de matrimonio), pero lo que no sabíamos era si habría que traducirlas de nuevo..calculo que no debe ser necesario teniendo las traducciones de 2009. Hoy conseguí turno para mi y una de mi hermanas para febrero! Así que ya voy preparando mi partida/traducción. Muchas gracias nuevamente! Saludos. |
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Por: fb@10208902119412286, el 05/May/2016, 01:48 | 05/May/2016, 01:48 | 0 | 05/May/2016, 01:48 fb@10208902119412286 |