#1•• Estimados tengan ustedes muy buenos días, Les paso a comentar, he leído mucha información al respecto y me tomé el trabajo de buscar toda la documentación por mi mismo a través de internet, mi ascendencia se da desde mi bisabuelo italiano (no se casó), abuelo argentino (casado, fallecido), mi padre (casado) y yo, la documentación con la que cuento es la siguiente: - Extracto del acta de nacimiento de mi bisabuelo, remitida vía mail desde Italia con sello celeste de la comuna, nombre de padre y madre, todo como corresponde. - Partida de defunción de mi bisabuelo (en Argentina). - Certificado de NO CIUDADANO argentino de mi bisabuelo. - Partida de nacimiento de mi abuelo (argentino). - Acta de matrimonio de mi abuelo. - Partida de defunción de mi abuelo. - Partida de nacimiento de mi padre. - Acta de matrimonio de mis padres. - Partida de nacimiento mía. Toda esta documentación TRADUCIDA AL ITALIANO por traductor público. Todas las partidas están timbradas y actualizadas a la fecha, hasta acá creo que tengo todo, ahora bien, paso a enumerar las preguntas: 1) TURNOS: Yo tengo mi turno ahora en enero, mi padre no es ciudadano aún pero en cuanto se habiliten nuevamente le pediré un turno a él, ahora bien, no existen inconvenientes en que inicie la carpeta yo sin que mi padre sea ciudadano y que ya me puedan gestionar mi ciudadania? Él la tramitaría inmediatamente después y sin presentar documentación ya que el legajo estaría completo. 2) CONYUGE: Una vez mi padre tenga la ciudadania, cuales son los pasos a seguir para que su esposa (mi madre) la gestione? Que documentación se requiere de parte de ella? Realmente no encontré información al respecto. 3) APOSTILLA DE LA HAYA o LEGALIZACIONES MINISTERIO DEL EXTERIOR: Entiendo que es solo para documentos judiciales (ejemplo sentencia de divorcio), es correcto? Por el momento esas son las dudas, cualquier otra consulta que me surja será volcada en este mismo post. Muchas gracias a todos, realmente es un beneficio enorme contar con estas comunidades. Saludos! |
#2• Buenas, alguien que pueda ayudarme? Gracias! |
#3•• Hola cgsynth! 1) no es necesario que tu papa tramite primero para que vos lo hagas despues. Podes tramitar vos directamente y luego si tu papa lo desea puede realizar su propio tramite. 2)Para tu mama tenes lainformacion completa en la web consular. Te dejo el link: http://www.consbuenosaires.esteri.i[....]9AF287/35495/sicittsitospagnolo.pd f 3) Sí, en general la apostilla de la haya es para esos casos y para cierta documentacion de naturalizacion por matrimonio. Cualquier duda, volve a consultarnos. Mucha suerte! Saludos! Laly Escrito originalmente por @cgsynth Estimados tengan ustedes muy buenos días, Les paso a comentar, he leído mucha información al respecto y me tomé el trabajo de buscar toda la documentación por mi mismo a través de internet, mi ascendencia se da desde mi bisabuelo italiano (no se casó), abuelo argentino (casado, fallecido), mi padre (casado) y yo, la documentación con la que cuento es la siguiente: - Extracto del acta de nacimiento de mi bisabuelo, remitida vía mail desde Italia con sello celeste de la comuna, nombre de padre y madre, todo como corresponde. - Partida de defunción de mi bisabuelo (en Argentina). - Certificado de NO CIUDADANO argentino de mi bisabuelo. - Partida de nacimiento de mi abuelo (argentino). - Acta de matrimonio de mi abuelo. - Partida de defunción de mi abuelo. - Partida de nacimiento de mi padre. - Acta de matrimonio de mis padres. - Partida de nacimiento mía. Toda esta documentación TRADUCIDA AL ITALIANO por traductor público. Todas las partidas están timbradas y actualizadas a la fecha, hasta acá creo que tengo todo, ahora bien, paso a enumerar las preguntas: 1) TURNOS: Yo tengo mi turno ahora en enero, mi padre no es ciudadano aún pero en cuanto se habiliten nuevamente le pediré un turno a él, ahora bien, no existen inconvenientes en que inicie la carpeta yo sin que mi padre sea ciudadano y que ya me puedan gestionar mi ciudadania? Él la tramitaría inmediatamente después y sin presentar documentación ya que el legajo estaría completo. 2) CONYUGE: Una vez mi padre tenga la ciudadania, cuales son los pasos a seguir para que su esposa (mi madre) la gestione? Que documentación se requiere de parte de ella? Realmente no encontré información al respecto. 3) APOSTILLA DE LA HAYA o LEGALIZACIONES MINISTERIO DEL EXTERIOR: Entiendo que es solo para documentos judiciales (ejemplo sentencia de divorcio), es correcto? Por el momento esas son las dudas, cualquier otra consulta que me surja será volcada en este mismo post. Muchas gracias a todos, realmente es un beneficio enorme contar con estas comunidades. Saludos! Laly |
#4• Escrito originalmente por @lalymundo Hola cgsynth! 1) no es necesario que tu papa tramite primero para que vos lo hagas despues. Podes tramitar vos directamente y luego si tu papa lo desea puede realizar su propio tramite. 2)Para tu mama tenes lainformacion completa en la web consular. Te dejo el link: http://www.consbuenosaires.esteri.i[....]9AF287/35495/sicittsitospagnolo.pd f 3) Sí, en general la apostilla de la haya es para esos casos y para cierta documentacion de naturalizacion por matrimonio. Cualquier duda, volve a consultarnos. Mucha suerte! Saludos! Laly Muchísimas gracias Laly, buenas noches! |
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