#1• Hola!!! Ante todo felicitaciones por este espacio !!!! Hace meses que estoy navegando y recopilando información y este ha sido el mas completo que he encontrado. Mi gran duda es por donde empezar, esta es mi situación el tatarabuelo de mi marido era italiano, son todos hombres y todos vivieron y fallecieron en CABA.No tengo acta de nacimiento del italiano, y cuando la pedi a la comuna me derivaron con la parroquia, a la que he enviado varios mails y a la fecha no me ha respondido. Estas son mis dudas: 1) El padre de mi marido vive, debe sacar el primero la ciudadania? o puede hacerlo directamente mi marido? 2) Entiendo que el certificado de no naturalizado, se pide con el acta de nacimiento del italiano, es correcto? Hay alguna excepcion? como puedo saber que esto no sera un impedimento antes de pedir todas las partidas? 3) La partida o certificado de bautismo italiana, debe estar certificada o validada por la diocesis italiana? Pregunto para saber si debo aclarar este punto en el pedido. 4) En que momento de esta busqueda ustedes me sugieren tratar de conseguir un turno en el consulado? Por estas dudas , no se por donde empezar, si pedir todas las partidas si tratar de validar que este familiar italiano no se haya naturalizado antes y este sea el impedimento para pedir la ciudadania. Desde ya muchas gracias por sus respuestas Saludos Colo |
#2• Te respondo solo dos preguntas por que son de las que estoy seguro, 2) En mi experiencia personal, mandé dos cartas a la cámara electoral para que me den el certificado de no ciudadano argentino (CN). La primera vez fué de precipitado y no adjunté la fotocopia partida de nacimiento, la segunda vez si y además la traducción de la partida y fue en la segunda oportunidad en la que me enviaron el certificado. 4) Según parece, siempre es mejor hacerlo cuando tenés todos los papeles por que perdés tiempo vos en hacer un trámite que no puede completarse y por otro lado le sacás el lugar a otra persona que si puede hacerlo, en caso que te presentes en el conslado general. 1)Respondo esta pero puede que no sea asi como digo. Según tengo entendido, no. Es decir, como la ciudadania es un derecho a los descendientes italianos no se lo obliga a alguien a adquirirla por lo que es factible que el pueda adquirirla sin hacerlo su padre. |
#3• Hola @Colo_1975, muchas gracias!!! Estos días estuve un poco en retiro forzoso por varios exámenes que tuve. No tengo experiencia en pedir certificados a parroquias, pero si sé que ha ocurrido, y varios en la etapa anterior del foro han logrado conseguir partidas de más de 100 años! impactante! Quizás por mail no sea el mejor método para contactarse con ellos, probaste con cartas incluyendo la respuesta paga? Es una posibilidad, no me extrañaría que las parroquias sean más "old school" en el tema de mandar partidas, y además no creo que tengan todo el "aparato" del estado italiano para enviarlas gratis. En todo caso quizás otra opción más sería el fax, para lo que te recomiendo mires el instructivo de partidas! para esto tendrías que averiguar los datos de la parroquia por internet. Y el dato más posta creo que lo conseguirías llamando por teléfono, eso sería lo mejor para que ellos mismos te digan que está pasando. _______________________________________ Ahora, vamos a tratar de organizar estas preguntas que nos hacés : Sobre cuando comienza a tener "entidad" el trámite de ciudadanía, fue una pregunta que yo también me hice cuando apareció la idea de recuperarla... lo ideal siempre es que no se pierda, por eso aparte de recuperarla, la idea de este foro es manterla viva! En fin, no más disgresiones jaja. Te contaré desde mi experiencia: Lo PRIMERO que hice yo de mi trámite fue pedir la partida del antepasado a italia. Para esto no tenía este foro (ni los anteriores, por supuesto) ni nadie que tuviese la más mínima idea de los papeles necesarios ni turnos ni nada. Un amigo me sugirió que vaya al patronato ACLI donde su nonno cobraba la jubilación, y ellos escribiron mi carta a la comuna y 4 meses después llegó mi partida! Eso es la base de todo, no sé quizás si es "lo más dificil" porque hay varias formas y se ha facilitado un poco el trámite. Pero sin eso no hay posibilidad de ningún tipo de trámite, eso tiene que ser lo primero que consigas. Luego las partidas de acá, la información sobre cómo pedirlas está en el instructivo. Necesitas algunos datos de las personas involucradas, cosas mínimas, pero tenes que investigar un poco. A modo de sugerencia, te diría que mientras que mandás a pedir a italia la partida, que va a demorar, mandes a pedir las partidas de acá a los registros civiles, que demoran de 15 a 30 días, y en todo caso después te quedan para vos a modo documental. De esta manera vas a ahorrar tiempo. Luego y sólo una vez que tengas la partida italiana y todas las locales que vinculan al tu marido y su tátara abuelo vas a poder mandar a pedir el certificado de la CNE, traducción, etc, lo cual completaría tu trámite. Suena simple pero es un trabajo muy minucioso y... bueno ya te darás cuenta! jaja ____________________________________ @gregorio.pettone sobre lo que nos contás quisiera notar un par de cosas: Escrito originalmente por @gregorio.pettone @Colo_1975 Te respondo solo dos preguntas por que son de las que estoy seguro, 2) En mi experiencia personal, mandé dos cartas a la cámara electoral para que me den el certificado de no ciudadano argentino (CN). La primera vez fué de precipitado y no adjunté la fotocopia partida de nacimiento, la segunda vez si y además la traducción de la partida y fue en la segunda oportunidad en la que me enviaron el certificado. 4) Según parece, siempre es mejor hacerlo cuando tenés todos los papeles por que perdés tiempo vos en hacer un trámite que no puede completarse y por otro lado le sacás el lugar a otra persona que si puede hacerlo, en caso que te presentes en el conslado general. 1)Respondo esta pero puede que no sea asi como digo. Según tengo entendido, no. Es decir, como la ciudadania es un derecho a los descendientes italianos no se lo obliga a alguien a adquirirla por lo que es factible que el pueda adquirirla sin hacerlo su padre. 1) tal cual, la ciudadanía es un derecho y no una obligación, por lo tanto no es necesario que su padre, ni su abuelo, ni su bisabuelo adquieran la ciudadanía. 2) Contanos más detalles sobre cómo es el trámite por carta! así lo agregamos al instructivo de partidas. Yo lo hice presencial y no era necesario llevar las partidas italianas traducidas, pero así completamos el instructivo! 4) En este punto no estoy de acuerdo, los turnos se dan una vez por año y VUELAN, si los perdés vas a tener que esperar un año para volver a sacar, por lo tanto, por lo menos con la partida de nacimiento del italiano y aunque te falten papeles sacalo apenas puedas! en el peor de los casos si te llega a faltar uno, ellos te darán un turno rientri para que vuelvas a completar la documentación. Tenés tiempo (4 meses) para conseguir la partida del italiano, apenas la tengas ponete en campaña para conseguir turno, las partidas locales después ves, o las vas tramitando... y cuando abren, en diciembre de este año, sacas turno para mitad o fines del año próximo y durante el 2016 completas las partidas argentinas que te faltan, traducís, sacás los certificados... etc. Sin la partida de italiano es medio arriesgado, porque si no la llegas a conseguir se te cae el trámite. Espero haber sido claro! Saludos!!! |
#4• Mil gracias a @NiccoloP y @gregorio.pettone, sus comentarios me ayudan a orientarme y a no estar perdida y sola en esta busqueda. Este foro es increible !!!! Los voy a mantener al tanto y colaborare con todo aporte que pueda sumar. Muchas gracias!!!!!!!!!!!!!!1 Colo |
#5• El tema con el certificado de no nacionalizado argentino (CNA) fue así: El trámite lo tenia que hacer alguien con el mismo apellido que la persona sobre la que se solicita la CNA, o constatar el parentesco. Como yo no lo comparto, mandé la carta a nombre de mi madre junto con la documentación que pide la cámara electoral. La primera vez lo hice sin adjuntar una traducción de la partida de nacimiento italiana al español y fue en esta oportunidad en donde no recibi respuesta . Así que me fui a la sociedad italiana de mi ciudad y me recomendaron mandar la traducción de la partida, y eso hice. Dos semanas después tenía el certificado en las manos . Mandé todo por fotocopia sin legalización previa y no hubo ningún problema, recomiendo hacer el trámite de esta manera ya que si los datos son correctos no tardan nada en mandar la carta con el CNA. |
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