Hola Diego.El tema de las opciones que tenes depende de qué consulado te corresponda según tu domicilio. Por lo que leí, en el de CABA y Córdoba hay mucha demora. Meses para los turnos, mas de año y medio (con suerte) para el tramite de ciudadanía más otros meses más para el trámite del pasaporte. Si te toca Bahía Blanca o algún otro, quizás sea más rápido. Siempre teniendo en cuenta que todos los papeles están en regla y no tenes que hacer una rectificación o algo por el estilo. Según el Consulado de CBA, para hacerlo por matrimonio tenes que hacer esto: Cita: CIUDADANÍA POR MATRIMONIO (iure matrimonii) El cónyuge extranjero de un ciudadano italiano puede solicitar la ciudadanía italiana si cumple con los siguientes requisitos: Si es residente en Italia: dos años de residencia legal desde el matrimonio; si es residente en el exterior: tres años de matrimonio. Estos términos se reducen a la mitad en presencia de hijos nacidos o adoptados por el matrimonio; Validez del matrimonio y continuidad del vínculo matrimonial hasta el momento de la adquisición del decreto; Ausencia de sentencias de condenas por delitos por los cuales esté prevista una pena no inferior, en el máximo, a un año de reclusión o de sentencias de condena de parte de una Autoridad Judicial extranjera a una pena superior a un año por delitos no políticos; Ausencia de condenas por alguno de los delitos previstos en el libro segundo, título I, cap I, II y III del código penal (delitos en contra del Estado); Ausencia de motivos impeditivos por la seguridad de la República. AHORA ESTE TRAMITE SE PRESENTA SOLAMENTE DE MANERA ONLINE. Cita: ENVÍO DE LA SOLICITUD ON-LINE El procedimiento prevé que el solicitante se registre con anterioridad en el portal denominado "ALI". El portal, por el momento disponible sólo en lengua italiana, se encuentra en el siguiente sitio web: https://cittadinanza.dlci.interno.it Una vez efectuado el login, el solicitante encontrará una sección CIUDADANÍA que contiene las siguientes funciones: gestión de la solicitud; visualiza estado de la solicitud; primer acceso a la solicitud; comunicaciones. 1. El usuario deberá ingresar la solicitud completando el MODELO AE - Ciudadanos Extranjeros residentes en el Exterior - Art. 5 solicitud por matrimonio con ciudadano italiano. El usuario deberá completar todos los campos previstos por el modelo adjuntando los siguientes documentos escaneados: Extracto del acta de matrimonio emitido por la Comuna italiana (Ver link); Partida de nacimiento original del país de origen traducida al italiano, en la cual se indique correctamente el nombre, apellido, paternidad, maternidad, lugar y fecha de nacimiento; Certificado penal argentino expedido por el Registro Nacional de Reincidencia (www.dnrec.jus.gov.ar) debidamente legalizado por el Ministerio de Asuntos Esteriores argentino con el sello de la "Apostilla" y eventualmente de los otros países de residencia (válidos por seis meses), traducido al italiano; Recibo de depósito de 200 euros; (Ver link) Documento de identidad (DNI) válido con domicilio actualizado. http://www.conscordoba.esteri.it/co[....]anza/ciudadania-por-matrimonio.html Te recomiendo averiguar qué consulado te corresponde y tantear la demora que están teniendo en tramitar los papeles. |
Hola @Ugolinilionel, si es cierto! También llevá si tu papá también es argentino una fotocopia su DNI, una del tuyo y una de tu hija, no es necesario traducirlas. |
muchisimas gracias por tu pronta respuesta! |
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