Hola Hernan! Para que vos mantengas el derecho al reconocimiento de nacionalidad italiana iure sanguinis por la via ordinaria consular, seria necesario que tu abuelo hubiese nacido antes de 1948. Por lo tanto por el arbol genealogico que comentas, no podrias aplicar. Esto esta aclarado en las web consulares: "Por línea materna: la transmisión de la ciudadanía es posible sólo para los hijos nacidos después del 1º de enero del 1948 (fecha de entrada en vigor de la Constitución italiana)." Tu unica opcion seria hacerlo por via judicial en Italia. No es necesario que residas alli, peri vas a necesitar un abogado que te representa alli. Ya hay muchos juicios fallados de manera favorable. Demora alrededor de dos años y tiene un costo de unos cuantos miles de euros... Fijate en Internet que hay estudios de abogados en Argentina que se dedican al tema. El caso mas conocido aca es el del Dr. Horacio Guillen. Mucha suerte! Saludos! Laly Escrito originalmente por @HernanGro23 Buenas, como estan? Si bien antes de registrarme lei el foro y busque algun caso similar no logré sacarme la duda. Les comento, que hace poco me enteré que mis Tatarabuelos eran italianos, de este matimonio nacio en argentina mi bisabuela la cual se caso con un porteño y luego dio a luz a mi abuelo parterno antes de 1948. Mi duda surge aquí ya que interviene una mujer en la descendencia y no logro entender si aplica o no. El linaje, por asi decirlo, de mi tataraabuelo se corta por haber tenido una hija mujer? En otro post que lei, vi que habia ideas contrapuestas pero en su gran mayoria todos decian que si aplica si puedo demostrar con partidas todo el linaje hasta mi tatarabuelo. Es correcto esto?. Segun lo que hable con mi abuelo, el tiene casi todas las partidas o datos de todos sus ancestros.. Desde ya muchas gracias! Abrazos. Laly |
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