Sii, estoy intentando con el turno, ese es el tema jaja Lei que deben estar con las de Mayo, asi que en teoria le estaria por salir a mi tio. Igual en ese caso lei que tampoco hace falta entregar la carpeta de 0 sino que anuncias como que tu familiar hizo el tramite y listo. Y tengo entendido, que para meterte en su tramite, tenes que presentar solo tu partida de nacimiento traducida, puede ser? Escrito originalmente por @herrerajuanfacundo Escrito originalmente por @littlesin Hola!! Tengo una duda, mi tio esta tramitando la ciudadania, su tramite ya lleva un año y medio, aun es posible meterse en su carpeta? O hay que volverla a entregar de 0? Digo por el tiempo que paso de su tramite Por lo que tengo entendido si. Hay mucha gente que lo hace incluso varios años mas tarde. Lo que necesitas es el numero de legajo o los datos de tu tio para poder buscarlo en el sistema. |
Hola littlesin! En el caso de colgarte de un expediente ya abierto tendrias que presentar solo la documentacion de tu rama familiar. En tu caso si quien abrio el expediente fue tu tio seguramente habra presentado hasta sus padres es decir tus abuelos, vos en principio solo deberias presentar acta de nacimiento y fotocopia del DNI de tu progenitor descendiente de italianos, acta de matrimonio de tus padres y tu acta de nacimiento todo traducido al italiano. Mucha suerte! Saludos! Laly PD: Lei en otro mensaje tuyo que en realidad no estarias haciendo un reconocimiento por sangre sino que vas a ser adoptada por una persona que todavia no obtuvo su propio reconocimiento de nacionalidad italiana. Si esto es asi lo que te escribi mas arriba practicamente no tendria valor. Primero por que ademas necesitarias presentar la sentencia completa de adopcion legalizada apostilla y traducida, pero fundamentalmente al ser vos ya mayor de edad al momento de ser adoptada para poder obtener el reconocimiento de nacionalidad italiana necesitas residir legalmente 5 años en Italia luego de la adopcion. Te dejo el linck al texto de la norma. Fijate bien el punto b) Cittadinanza per adozione http://www.esteri.it/mae/it/italian[....]/serviziconsolari/cittadinanza.html Escrito originalmente por @littlesin Sii, estoy intentando con el turno, ese es el tema jaja Lei que deben estar con las de Mayo, asi que en teoria le estaria por salir a mi tio. Igual en ese caso lei que tampoco hace falta entregar la carpeta de 0 sino que anuncias como que tu familiar hizo el tramite y listo. Y tengo entendido, que para meterte en su tramite, tenes que presentar solo tu partida de nacimiento traducida, puede ser? Escrito originalmente por @herrerajuanfacundo Escrito originalmente por @littlesin Hola!! Tengo una duda, mi tio esta tramitando la ciudadania, su tramite ya lleva un año y medio, aun es posible meterse en su carpeta? O hay que volverla a entregar de 0? Digo por el tiempo que paso de su tramite Por lo que tengo entendido si. Hay mucha gente que lo hace incluso varios años mas tarde. Lo que necesitas es el numero de legajo o los datos de tu tio para poder buscarlo en el sistema. Laly |
Hola! En realidad preguntaba justamente por quien me adopta si se puede colgar jajaja Hable con una gestora sobre ese tema de adopcion. Me dijo que no tengo que tener problema. Los 5 años no son para la ciudadania, sino para residencia. Un italiano que vivio en Italia me dijo lo mismo también, es para residencia Puedo sacarla sin problema siempre y cuando quien me adopte sea ciudadano italiano Escrito originalmente por @lalymundo Hola littlesin! En el caso de colgarte de un expediente ya abierto tendrias que presentar solo la documentacion de tu rama familiar. En tu caso si quien abrio el expediente fue tu tio seguramente habra presentado hasta sus padres es decir tus abuelos, vos en principio solo deberias presentar acta de nacimiento y fotocopia del DNI de tu progenitor descendiente de italianos, acta de matrimonio de tus padres y tu acta de nacimiento todo traducido al italiano. Mucha suerte! Saludos! Laly PD: Lei en otro mensaje tuyo que en realidad no estarias haciendo un reconocimiento por sangre sino que vas a ser adoptada por una persona que todavia no obtuvo su propio reconocimiento de nacionalidad italiana. Si esto es asi lo que te escribi mas arriba practicamente no tendria valor. Primero por que ademas necesitarias presentar la sentencia completa de adopcion legalizada apostilla y traducida, pero fundamentalmente al ser vos ya mayor de edad al momento de ser adoptada para poder obtener el reconocimiento de nacionalidad italiana necesitas residir legalmente 5 años en Italia luego de la adopcion. Te dejo el linck al texto de la norma. Fijate bien el punto b) Cittadinanza per adozione http://www.esteri.it/mae/it/italian[....]/serviziconsolari/cittadinanza.html Escrito originalmente por @littlesin Sii, estoy intentando con el turno, ese es el tema jaja Lei que deben estar con las de Mayo, asi que en teoria le estaria por salir a mi tio. Igual en ese caso lei que tampoco hace falta entregar la carpeta de 0 sino que anuncias como que tu familiar hizo el tramite y listo. Y tengo entendido, que para meterte en su tramite, tenes que presentar solo tu partida de nacimiento traducida, puede ser? Escrito originalmente por @herrerajuanfacundo Escrito originalmente por @littlesin Hola!! Tengo una duda, mi tio esta tramitando la ciudadania, su tramite ya lleva un año y medio, aun es posible meterse en su carpeta? O hay que volverla a entregar de 0? Digo por el tiempo que paso de su tramite Por lo que tengo entendido si. Hay mucha gente que lo hace incluso varios años mas tarde. Lo que necesitas es el numero de legajo o los datos de tu tio para poder buscarlo en el sistema. |
Mmm, volvere a preguntar entonces, pero eso me han dicho D: Vuelvo a comentar con lo que me entere nuevo gracias! Escrito originalmente por @lalymundo Hola littlesin! Seguramente la gestora que consultaste y un italiano que vivio en Italia tendran sus conocimientos para hacerte esos comentarios. No obstante esto, para que no te crees falsas ilusiones, te recomiendo sobremanera que a ambos, sobre todo a la gestora les pidas que relean la ley vigente que regula la nacionalidad italiana. Esta es la Legge 5 de febbraio 1992, n. 91, especialmente el art.9 punto 1b donde expresamente dice: Art. 9. 1. La cittadinanza italiana puo' essere concessa con decreto del Presidente della Repubblica, sentito il Consiglio di Stato, su proposta del Ministro dell'interno: ... b) allo straniero maggiorenne adottato da cittadino italiano che risiede legalmente nel territorio della Repubblica da almeno cinque anni successivamente alla adozione; Esto seria: el extranjero adoptado por un ciudadano italiano que reside legalmente en el territorio de la República durante al menos cinco años después de la adopción Todo lo expuesto por el art. 3 aplicaria solo a los hijos adoptados durante la minoria de edad, que no seria tu caso, y el resto de articulos refieren a los derechos de sangre. No siempre son iguales los procedimientos en los casos de las personas menores de edad y las mayores de edad... Ojo! que no te cobren por hacerte un tramite que finalmente tenga un resultado muy incierto. Asegurate muy bien que tanto la Ley como la Norma coincidan en el otorgamiento de nacionalidad italiana sin el requisito de residencia en Italia puntualmente en el caso de las personas adoptadas en su mayoria de edad. Mucha suerte! Saludos! Laly Cita: Hola! En realidad preguntaba justamente por quien me adopta si se puede colgar jajaja Hable con una gestora sobre ese tema de adopcion. Me dijo que no tengo que tener problema. Los 5 años no son para la ciudadania, sino para residencia. Un italiano que vivio en Italia me dijo lo mismo también, es para residencia Puedo sacarla sin problema siempre y cuando quien me adopte sea ciudadano italiano |
Hola littlesin! Realmente te recomiendo que tomes tus recaudos. La Ley es bastante clara al respecto: "El extranjero adoptado por un ciudadano italiano adquiere la ciudadanía italiana, si la adopción se declaró durante la minoría de edad del hijo (adopción plena). La circunstancia debe ser comprobada mediante la sentencia que declaró la adopción. El reconocimiento de la ciudadanía culmina cuando sea registrada la sentencia de adopción en la Comuna italiana competente. Luego de la registración de la sentencia, el Consulado envía el acta de nacimiento a la Comuna. Sólo a partir de este momento se puede, por ejemplo, tramitar el pasaporte. Si el adoptado es mayor de edad puede adquirir la ciudadania italiana por naturalizacion transcurridos 5 años de residencia legal en Italia despues de la adopcion." Ademas aun cuando fueses menor de edad el requisito seria de adopcion plena, no adopcion simple como comentaste que vas a hacer vos. Seria interesante que la gestora relea la Ley y eventualmente te explique en que caso te encuadraria a vos segun su criterio para poder obtener el reconocimieno de nacionalidad italiana haciendo una adopcion simple, siendo mayor de edad y sin residir en Italia. Mucha suerte! Saludos! Laly Escrito originalmente por @littlesin Mmm, volvere a preguntar entonces, pero eso me han dicho D: Vuelvo a comentar con lo que me entere nuevo gracias! Escrito originalmente por @lalymundo Hola littlesin! Seguramente la gestora que consultaste y un italiano que vivio en Italia tendran sus conocimientos para hacerte esos comentarios. No obstante esto, para que no te crees falsas ilusiones, te recomiendo sobremanera que a ambos, sobre todo a la gestora les pidas que relean la ley vigente que regula la nacionalidad italiana. Esta es la Legge 5 de febbraio 1992, n. 91, especialmente el art.9 punto 1b donde expresamente dice: Art. 9. 1. La cittadinanza italiana puo' essere concessa con decreto del Presidente della Repubblica, sentito il Consiglio di Stato, su proposta del Ministro dell'interno: ... b) allo straniero maggiorenne adottato da cittadino italiano che risiede legalmente nel territorio della Repubblica da almeno cinque anni successivamente alla adozione; Esto seria: el extranjero adoptado por un ciudadano italiano que reside legalmente en el territorio de la República durante al menos cinco años después de la adopción Todo lo expuesto por el art. 3 aplicaria solo a los hijos adoptados durante la minoria de edad, que no seria tu caso, y el resto de articulos refieren a los derechos de sangre. No siempre son iguales los procedimientos en los casos de las personas menores de edad y las mayores de edad... Ojo! que no te cobren por hacerte un tramite que finalmente tenga un resultado muy incierto. Asegurate muy bien que tanto la Ley como la Norma coincidan en el otorgamiento de nacionalidad italiana sin el requisito de residencia en Italia puntualmente en el caso de las personas adoptadas en su mayoria de edad. Mucha suerte! Saludos! Laly Cita: Hola! En realidad preguntaba justamente por quien me adopta si se puede colgar jajaja Hable con una gestora sobre ese tema de adopcion. Me dijo que no tengo que tener problema. Los 5 años no son para la ciudadania, sino para residencia. Un italiano que vivio en Italia me dijo lo mismo también, es para residencia Puedo sacarla sin problema siempre y cuando quien me adopte sea ciudadano italiano Laly |
Hola, Juan. No transmiten información de un consulado al otro. Tendrías que presentar todo de nuevo. |
Hola @JuanBuono2209, Tengo una situación muy similar ya que yo soy hijo directo Italiano pero mi papá tiene jurisdicción en Moron y a mi me corresponde CABA. De hecho mi hermano tramitó la ciudadania en Moron y a mi no me queda claro si el turno on line para pedido de Ciudadania lo debo sacar por la opción de "Reconstrucción de Ciudadania" o "Hijo Directo Mayores de Edad". Asumiendo que el hecho de que los papeles de mi papá no se pasen automáticamente de Morón a CABA decidí sacar el turno por "Reconstrucción" pero la verdad no estoy seguro que haya elegido la opción correcta. |
Hola, Al tener una jurisdiccion diferente, tenes que iniciar el tramite desde cero en el consulado general (CABA). |
Escrito originalmente por @ariel_2018 Hola, les cuento mi experiencia hoy en el turno para ciudadanía en el consulado de Bs As. Tenía turno para las 9:00 hs llegue 08:50 Presento papel impreso de turno y dni al guardia de seguridad. Me indica la entrada y que debo apagar el celular. Paso por el escáner mochila y dejo objetos metálicos en bandeja. Ingreso. Derecho al mostrador de entrada, no había nadie haciendo fila, presento turno impreso y me dan un ticket con otro número de turno. Me indican subir al quinto piso. En el quinto piso, un turnero digital indica los turnos. Delante de mí había 6 personas. Tiempo de espera, calculo unos 40 minutos. Llega mi turno, me atienden muy cordialmente, verifican la documentación. Me dan un impreso e indican realizar el pago en el Banco Patagonia a la vuelta del consulado y otro impreso para completar con datos de la petición de ciudadanía. Salgo e informo al guardia de seguridad que voy a hacer el pago de la tasa consular. Llego a la hora de apertura del banco, no había nadie en las cajas, pregunto en caja si se puede abonar con débito, me informan que solo efectivo. Pago en efectivo tasa consular al día de la fecha en 5155 pesos argentinos. Me entregan comprobante de pago. Regreso al consulado, el guardia me reconoce y me deja entrar. Paso por el escáner otra vez. Subo al quinto piso, me asomo a la entrada de las oficinas sin ingresar, me indican que espere sentado y que me llamarán por apellido. 10 minutos de espera y me llaman. Entrego comprobante de pago y formulario impreso completado de la petición de ciudadanía. Como me faltaba el certificado de CNE, pero tenía toda la documentación correcta, desde el consulado me generan una orden para pedir a la CNE el certificado de no ciudadano y que la respuesta de la misma será enviada directamente desde la CNE al consulado. Se revisan los papeles nuevamente, como adeudo papeles por entregar, me ingresan la solicitud y me indican un correo electrónico para cuando complete los papeles informe por esa vía y que luego me indicarían un día para regresar con los papeles faltantes. Salgo del consulado, me dirijo a la CNE. Llego a la CNE, en el mostrador de entrada informo que vengo con la nota del consulado, me indican sacar una fotocopia (hay una fotocopiadora a 20 metros sobre la misma calle) y me indican comprar estampillas en el Banco Ciudad 9 x 10$. Saco Fotocopia, compro estampillas en Banco Ciudad (media hora de espera). Regreso a la CNE, había dos personas, me llaman a los 5 minutos, entrego la nota y las estampillas, me imprimen un papel donde me indican el tiempo de respuesta (unos quince días) y que la misma será enviada directamente al consulado. Fin de los tramites. Ahora solo me queda completar la documentación que adeudo, mandar correo informando que ya tengo los papeles y esperar a que me llamen para llevarlos. Suerte ariel_2018 para cuando tengas que volver. A mi me pasó algo similar. Tenía que completar la documentación con una partida que me rebotaron. Cuestión que la conseguí, mandé mail a la dirección que me dijeron (info.buenosaires@esteri.it) y no responden. Esperé 1 semana, mandé nuevamente mail y nada. A las 3 semanas mandé otra vez y sigo esperando respuesta. Así que, como me recomendaron acá, voy a intentar ir uno de los miercoles que responden dudas generales a ver si logro completar la documentación. |
Hola! Te podre pedir el dato de la traductora que esta por Belgrano?? Mil gracia!! Saludos |
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Por: Omikron87, el 01/Nov/2019, 11:29 | 01/Nov/2019, 11:29 | 4 | 11/Nov/2019, 15:22 tavillo1980 |
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Por: edgarr0462, el 29/Ene/2016, 18:50 | 29/Ene/2016, 18:50 | 1 | 29/Ene/2016, 19:32 ValeValeeria |